LA AUDIENCIA DEL PRESUNTO INCAPAZ.

Posted by | enero 22, 2015 | Sin categoría | No Comments
Abogado de familia en Barcelona

 

incapacitacion

La preceptiva audiencia del presunto incapaz por parte del tribunal en el procedimiento de incapacitación no debe ir destinada exclusivamente a la búsqueda y la averiguación de la causa de la incapacitación; en tal menester aquel habrá contado con otra de las pruebas obligatorias como es el dictamen pericial médico.

En mi opinión en caso de estimarse “prima facie” una capacidad relativa de la persona, una parte de dicha audiencia debe ir destinada indefectiblemente a preguntarle de forma precisa y directa para apreciar su valoración de las personas cercanas y así realizar una óptima elección de la persona que deba velar por sus cuidados.

Lo contrario podría conducir a la paradoja de que se estimará su capacidad para ciertos actos, pero no para aquel tan esencial como es el decidir qué persona debe velar por ella.

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